¿Tu pensión del IMSS o el ISSSTE paga impuestos? Esto dice la ley

Las pensiones por jubilación, retiro o invalidez no siempre están libres de impuestos. En México existe un límite legal muy preciso: cuando el monto diario supera cierta cantidad, el SAT puede cobrar ISR sobre el excedente. Si eres pensionado o estás próximo a serlo, conocer este umbral puede evitarte multas o sorpresas fiscales.
¿Qué dice la ley sobre los impuestos a las pensiones?
El artículo 93, fracción IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro y pensiones vitalicias quedan exentas del ISR siempre que su monto diario no exceda 15 veces el salario mínimo general de la zona geográfica donde vive el pensionado.
Esta disposición aplica a ingresos provenientes de los siguientes sistemas:
También te puede interesar:
Deduce tus aportaciones al Afore en la Declaración Anual del SAT: límites, requisitos y cómo aplicarlo- Subcuenta del seguro de retiro de la Ley del Seguro Social
- Subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez
- Cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro del ISSSTE
- Pensiones por invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro o muerte
Cuando el ingreso supera ese límite diario, el impuesto aplica únicamente sobre la parte excedente, no sobre el total de la pensión.
¿Cuánto es el límite de exención en 2026?
Zona general del país
El cálculo parte del salario mínimo general vigente: 315.04 pesos diarios.
315.04 × 15 = 4,725.60 pesos diarios
Una pensión que no supere esa cantidad al día se mantiene completamente libre de ISR. Si el monto diario es mayor, solo el excedente queda sujeto al impuesto.
En términos mensuales, el techo de exención equivale a 141,768 pesos.
Zona libre de la frontera norte
En esta región el salario mínimo es más alto: 440.87 pesos diarios, lo que también eleva el umbral de exención.
440.87 × 15 = 6,613.05 pesos diarios
Los pensionados en esta zona que no superen esa cantidad diaria tampoco pagan ISR. Solo el monto que rebase ese límite se considera ingreso gravable ante el SAT.
Otros ingresos que tampoco pagan ISR en 2026
El mismo artículo 93 contempla una serie de conceptos adicionales exentos del Impuesto sobre la Renta:
Prestaciones y pagos extraordinarios
Los trabajadores que ganan salario mínimo y no rebasan los topes de la legislación laboral tienen exención total sobre tiempo extraordinario y días de descanso trabajados.
Para el resto, la exención cubre solo el 50% de estos pagos, con un tope máximo de cinco UMAs por semana. Lo que exceda ese límite sí se grava.
Indemnizaciones por riesgos de trabajo o enfermedades
Las compensaciones por accidentes laborales o enfermedades profesionales no generan ISR cuando se otorgan conforme a la ley, contratos colectivos o contratos ley.
Reembolsos médicos y funerarios
Los reembolsos por gastos médicos, dentales, hospitalarios o funerarios están exentos cuando se otorgan de forma general y conforme a los contratos de trabajo o a la legislación aplicable.
Los beneficios otorgados por instituciones públicas de seguridad social no pagan ISR. Tampoco los siguientes conceptos, cuando se otorgan de manera general:
- Subsidios por incapacidad
- Becas educativas para trabajadores o sus hijos
- Guarderías infantiles
- Actividades culturales y deportivas
- Otras prestaciones de previsión social
Estas exenciones tienen límites cuando se combinan con ingresos salariales, conforme a lo que establece la propia ley.
Aportaciones y rendimientos para vivienda y retiro
No se consideran ingresos gravables:
- Aportaciones y rendimientos de subcuentas de vivienda del IMSS, ISSSTE o Fuerzas Armadas
- Casas habitación proporcionadas por el patrón que cumplan los requisitos fiscales
- Aportaciones del patrón y del Gobierno Federal a cuentas individuales de retiro, así como los rendimientos que estas generen
Lo que debes saber si tu pensión está cerca del límite
Si tu pensión diaria se aproxima a los 4,725.60 pesos —o a los 6,613.05 si vives en la frontera norte— conviene que lleves un registro claro de tus ingresos mensuales. El ISR no se aplica sobre el total, sino únicamente sobre el excedente, pero esa diferencia puede representar una obligación fiscal que el SAT podría detectar al momento de la declaración anual.
En caso de duda, lo más recomendable es consultar directamente con un contador o verificar tu situación en el portal del SAT.
Preguntas frecuentes
¿Las pensiones del IMSS y el ISSSTE siempre están exentas de impuestos? No siempre. Están exentas únicamente cuando el monto diario no supera 15 veces el salario mínimo general de la zona geográfica del pensionado. Si rebasa ese límite, el excedente sí paga ISR.
¿Cuál es el límite exacto de exención para pensionados en 2026? En la zona general del país es de 4,725.60 pesos diarios, equivalente a 141,768 pesos mensuales. En la zona libre de la frontera norte el límite es de 6,613.05 pesos diarios.
¿El ISR se cobra sobre toda la pensión o solo sobre el excedente? Solo sobre el excedente. Si una pensión diaria supera el límite, el impuesto aplica únicamente sobre la diferencia entre lo recibido y el monto máximo exento.
¿Qué artículo de la ley regula la exención de las pensiones? El artículo 93, fracción IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta es el que establece las condiciones y límites de exención para jubilaciones, pensiones y haberes de retiro.
¿Hay otros ingresos además de las pensiones que tampoco pagan ISR? Sí. Entre ellos: indemnizaciones por riesgos de trabajo, reembolsos de gastos médicos y funerarios, prestaciones de seguridad social, aportaciones patronales a cuentas de retiro y vivienda, y ciertas prestaciones de previsión social otorgadas de forma general.
Si quieres conocer otros artículos parecidos a ¿Tu pensión del IMSS o el ISSSTE paga impuestos? Esto dice la ley puedes visitar la categoría Blog.

También te puede interesar: